Logramos las medidas paterno-filiales más favorables para uno de nuestros clientes.

¿Qué son las medidas paterno-filiales?

Las medidas paterno-filiales son fijadas por el juez cuando se produce una ruptura sentimental en la pareja y existen hijos en común menores de edad o dependientes económicamente.

A través de ellas, se regula un sistema de organización entre los progenitores y respecto a los hijos en común, siempre velando por el interés y beneficio de los menores de edad.

FVO Abogados ha intervenido en un asunto a través de una de sus letradas, Elena Fernández Villegas, especialista en litigación civil, que ha defendido al padre del menor.

Datos del caso de medidas paterno-filiales

Inicialmente, nuestro cliente acude al despacho tras la separación con su pareja cuando su hijo común tenía 13 meses de edad.

El motivo de la consulta se basaba en:

  • Las sucesivas discrepancias con la madre del menor sobre los tiempos en los que cada progenitor se encargaría de los cuidados del niño
  • El desacuerdo en la asunción de los gastos

En este procedimiento, en primer lugar, se intentó negociar un acuerdo con la letrada de la madre, sin embargo, teniendo en cuenta el régimen tan restringido que pretendía, no hubo otra opción que defender las medidas paterno-filiales a través de un procedimiento contencioso.

En el intervalo, tras un incidente que ocasionó la interposición de denuncias penales entre los progenitores, nuestro cliente se vio inmerso en un una causa penal por una supuesta violencia de género.

Así, el asunto se complicó considerablemente puesto que, desde ese momento, la madre del menor se opuso a que el padre pudiera ver y estar con su hijo, pese a basarse en hechos completamente inciertos.

Por este motivo, presentamos la demanda de medidas provisionales con el objetivo de conseguir recuperar la relación con su hijo de forma urgente, mientras se tramitaba el procedimiento penal en paralelo y posteriormente las medidas definitivas.

La defensa para las medidas del menor

1.       ¿Qué medidas paterno-filiales pretendía la madre?

La madre del menor solicitaba la custodia exclusiva con unas visitas para el padre tremendamente restrictivas, que eran las siguientes:

  • 2 horas/una tarde de entre semana
  • 4 horas en los fines de semana alternos (sin pernocta) y durante los periodos de vacaciones.

Una vez cumpliera el menor los 3 años de edad, solicitaba:

  • Los fines de semana alternos reducidos (de sábado a domingo)
  • La mitad de los periodos vacacionales.

Además, requería una pensión de alimentos de 300 euros a cargo del padre y el reparto al 50% de los gastos extraordinarios.

2.       ¿Qué medidas paterno-filiales logramos?

Cabe distinguir las medidas acordadas provisionalmente (solicitadas de forma urgente) así como las conseguidas como medidas definitivas a través del procedimiento contencioso.

Lo más importante, en ambos procedimientos, es que conseguimos probar que el padre estaba plenamente capacitado para proporcionar los cuidados necesarios al menor, en contra de lo sostenido por la madre.

MEDIDAS PROVISIONALES:

Con carácter urgente, y a pesar de la causa penal pendiente, conseguimos que el padre retomara la relación con su hijo, fijándose unas medidas que se irían ampliando de forma progresiva para evitar un cambio brusco al menor.

En este caso, las visitas fijadas por el juez fueron:

Fines de semana alternos reducidos (de sábado a domingo), con pernocta en el domicilio del padre
Dos tardes completas de entre semana

Así mismo, logramos reducir la pensión de alimentos hasta los 150 euros (mínima según considera la jurisprudencia), además de afrontarse los gastos extraordinarios en la proporción de 70% para la madre y 30% para el padre.

Dicho reparto fue considerado en nuestro favor, teniendo en cuenta las necesidades del menor y la economía de cada progenitor, que fue debidamente acreditada por nuestro cliente en el juicio.

MEDIDAS DEFINITIVAS:

Durante la tramitación de este otro procedimiento, logramos demostrar que el menor se estaba adaptando adecuadamente a las medidas provisionales para que el juez ampliara el régimen fijado con carácter provisional.

Así, conseguimos:

  • La ampliación de los fines de semana con un día adicional (también con pernocta), es decir, desde el viernes a la salida del centro escolar hasta el domingo por la tarde
  • La mitad de las vacaciones de Semana Santa, Navidad y verano, en contra del régimen tan limitado pretendido por la madre de conceder tan sólo unas horas.
  • Y, todo ello, con pernocta en el domicilio del padre, al demostrar que contaba con una residencia adecuada para el menor y además cercana al centro escolar.

3.       ¿Qué sucedió con el procedimiento penal?

Respecto a la causa penal tramitada, se consiguió:

  • La denegación de las dos órdenes de alejamiento solicitadas por la madre
  • Sobreseer y archivar el procedimiento, absolviendo al padre.

Esto fue logrado como consecuencia de la absoluta falta de indicios, dado que los hechos denunciados por la madre eran completamente inciertos.

Desde nuestra firma, aconsejamos a nuestros clientes sobre la necesidad de contar con un profesional especialista en la materia para asesorarse debidamente en este tipo de casos, dado que es sumamente importante dar los pasos adecuados para garantizar el éxito.

¡Consúltanos tu caso sin compromiso!

Si quieres más información sobre las medidas paterno-filiales puedes continuar leyendo: Las medidas paterno-filiales en los casos de separación o divorcio con hijos en común

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